Según esta establecido en la ley 9856 de la Pcia de Córdoba, y otras similares, respecto de restricciones en áreas protegidas y reservas naturales-culturales para su protección y conservación, esta prohibido el ingreso y/o circulación en motos, motovehiculos, triciclos, cuadriciclos, vehículos 4×4 o similares, por senderos o zonas desprovistas de sendas, en toda el área de la Reserva Hídrica y Área Protegida de Achala que son cerca de 140.000 has.
Solo esta permitido por caminos secundarios de las redes provinciales y nacionales. Las sendas son y están habilitadas para el ingreso y recorridos de personas, cabalgatas, moutain-bike…